Friday, September 28, 2012

Interpretacion de Licencia



 Y para finalizar, les proponemos que busquen en estos u otros repositorios de obras con licencias CC, alguna obra que les interese y nos expliquen cómo interpretan los términos de uso de la licencia que tiene la obra, respondiendo por ejemplo a las preguntas ¿puedo modificarla? ¿puedo venderla, tal como está o modificada? ¿qué derechos se reserva el autor, que debo respetar?



Me pareció interesante tomar el ejemplo de la información multimedia de la pagina “Wikimedia Commons”, para analizar de qué forma está protegida y que derechos libera.
En particular esta página utiliza una licencia libre de Creative Commons, y que libera los derechos de modificación y utilización de la información, siempre, obviamente nombrando la fuente, y que el producto que surja de esa modificación, debe necesariamente, estar bajo una licencia similar o igual. Este último punto me es muy interesante, porque permite la retroalimentación constante de productos culturales en la pagina, es decir, que la utilización no sea solo personal sino que aquello que logremos generar sea compartido también, algo que genera esa cultura compartida de la cual se habla en este curso.
Como aclare antes, las obras son modificables y compartibles,  siempre que se nombre la fuente. Y en este caso los derechos están liberados también para hacer uso comercial de la imagen tal cual esta, o modificada.
Los derechos que se reservan los autores son los de ser nombrados a la hora de referenciar de donde obtuvieron la imagen, ya sea o no modificada.

1 comment:

  1. Tal como decís, el atributo "Share alike" o "Compartir obras derivadas Igual" es muy útil para favorecer un ecosistema de recursos culturales libres.

    Recuerdo una vez que, hablando con unos amigos programadores de software, me contaron acerca de una licencia de software que era "tan libre" que permitía que los productos derivados fueran privativos. El uso de esa licencia tuvo resultados malísimos para la comunidad de software libre, dado que cualquiera podían agarrar un programa, hacerle mínimas modificaciones y así privatizarlo.

    Si bien los materiales educativos y las obras artísticas no son lo mismo que el software, creo que en este caso los mismos principios son aplicables.

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